Micelio
Auto6 de marzo de 2024

A- de 2024

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Garcia Potes Cesar De Jesus·Demandado Geldres Donaris Jorge

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Corte Constitucional Carece De Competencia Para Dirimir Conflicto
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto aparente de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Barranquilla.

La causa de la controversia se origina en una demanda ejecutiva presentada por un ciudadano, en contra de un ciudadano, con el objetivo de obtener el pago de los honorarios profesionales, representados en un Auto expedido por el Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Barranquilla, los cuales fueron causados y liquidados dentro de un proceso adelantado ante esa autoridad judicial.

Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la Corporación carece de competencia para conocer del asunto, toda vez que el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Barranquilla intenta provocar una colisión de competencia con otra autoridad judicial que forma parte de la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Civil, específicamente el Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Barranquilla.

La Corte, en consecuencia, decide declararse inhibida para fallar el asunto y resuelve remitir el expediente al Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Barranquilla para que se pronuncie sobre su competencia para conocer del asunto y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Declararse INHIBIDA por falta de competencia, para pronunciarse sobre la controversia planteada por el Juzgado
  2. Quinto. Laboral del Circuito de Barranquilla.
  3. Segundo. REMITIR el expediente CJU- 5126 al Juzgado
  4. Séptimo. Civil del Circuito de Barranquilla para que se pronuncie sobre su competencia para conocer del asunto y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.